JURISPRUDENCIA SOBRE CONFLICTO POSITIVO DE COMPETENCIA EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO
José María Pacori Cari
Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo
En el Derecho Administrativo, la competencia es un requisito de validez de un acto administrativo, por lo que verificar la existencia de este requisito es de especial importancia para la validez del procedimiento administrativo; la competencia es irrenunciable e indelegable salvo disposición legal en contrario; sin embargo, una situación especial se presenta cuando una autoridad administrativa declina la competencia a favor de otra y esta última también la declina, esto es un conflicto negativo de competencia; otra situación es cuando una autoridad administrativa se considera competente para conocer un caso y otra también se considera competente, esto se denomina conflicto positivo de competencia; la determinación de la competencia en ambos casos es de importancia para la validez de la emisión del acto administrativo que ponga fin al procedimiento administrativo.
El artículo 89 del TUO de la
Ley 27444 (Perú) establece que
"Recibida la solicitud o
la disposición de autoridad superior, según el caso, para iniciar un
procedimiento, las autoridades de oficio deben asegurarse de su propia
competencia para proseguir con el normal desarrollo del procedimiento,
siguiendo los criterios aplicables al caso de la materia, el territorio, el
tiempo, el grado o la cuantía."
En la verificación de la
competencia administrativa que la autoridad realiza se pueden producir los
conflictos de competencia en la forma prevista en el artículo 90 del TUO de la
Ley 27444 que indica
"La incompetencia puede
ser declarada de oficio, una vez apreciada conforme al artículo anterior o a
instancia de los administrados, por el órgano que conoce del asunto o por el
superior jerárquico."
Estando a esto en el conflicto
negativo de competencia se está a lo indicado en el artículo 92 del TUO de la
Ley 27444 que indica
"En caso de suscitarse
conflicto negativo de competencia, el expediente es elevado al órgano inmediato
superior para que resuelva el conflicto."
Por su parte, el conflicto
positivo de competencia se está a lo indicado en el artículo 93 del TUO de la
Ley 27444 que indica
"El órgano que se
considere competente requiere de inhibición al que está conociendo del asunto,
el cual si está de acuerdo, envía lo actuado a la autoridad requiriente para
que continúe el trámite."
Este último supuesto queremos
ejemplificar en la presente entrada a través de un ejemplo que mostrará la
aplicación práctica de las normas antes indicadas. Veamos
De esta manera, el lector podrá comprender la importancia del Derecho Administrativo en la acción política jurídica del Estado.