IGUALDAD REMUNERATIVA ENTRE CONTRATADO TEMPORAL Y PERMANENTE
José María Pacori Cari
Socio de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
La regla general es que los trabajadores sujetos a una contratación laboral a plazo fijo tienen iguales derechos que los trabajadores sujetos a una contratación a tiempo indeterminado, esto lo podemos encontrar en la siguiente jurisprudencia:
En efecto, en esta Casación se denunció la siguiente infracción normativa:
Esto lleva a la sala a establecer el contenido del art. 79 del TUO del D. Leg. 728 que indica:
Conforme a esto se postulo el siguiente caso concreto que ilustra el conflicto normativo indicado:
Conforme a esto la Corte Suprema establece el siguiente criterio jurisprudencial:
De esta manera, nuestra Corte Suprema garantiza la igualdad de trato entre trabajadores a plazo determinado e indeterminado.
Perú, 22 de noviembre de 2017.